Prohibición de enlazar a la Web del Ministerio de Justicia

06 septiembre 2008 Dejar un Commentario

El portal del Ministerio de Justicia, acaba de publicar en el apartado correspondiente al Aviso Legal, las condiciones de uso que todos los cibernautas debemos de cumplir y respetar para poder usar los servicios y contenidos que ofrecen en la Web, incluyendo la prohibición de utilizar enlaces que apunten a su Web, en estos términos:

"...No se permitirá el enlace de ninguna página web o de una dirección de correo electrónico al Portal, salvo con la autorización expresa por escrito del Ministerio de Justicia. Adicionalmente, dichos enlaces deberán respetar las siguientes condiciones: (a) únicamente podrán realizarse enlaces con la Home Page o página principal de esta web; (b) el establecimiento del enlace no supondrá ningún tipo de acuerdo, contrato, patrocinio ni recomendación por parte del Ministerio de Justicia de la página que realiza el enlace.

En cualquier momento, el Ministerio de Justicia podrá retirar la autorización mencionada en el párrafo anterior, sin necesidad de alegar causa alguna. En tal caso, la página que haya realizado el enlace deberá proceder a su inmediata supresión, tan pronto como reciba la notificación de la revocación de la autorización por parte del Ministerio de Justicia..."

Al margen del tono de ironía que utiliza nuestro compañero Javier Muñoz, Abogado y autor del sitio  IAbogado, en su excelente post titulado "El Ministerio de Justicia prohíbe los enlaces a su web", en mi modesta opinión el tema es bastante más serio. En la primera parte de las condiciones de uso publicadas en el portal del Ministerio de Justicia se especifica claramente la aceptación tácita de estas condiciones por el mero uso de los  servicios o contenidos que ofrece la Web, sin perjuicio de la necesidad de aceptar unas condiciones generales adicionales en otros supuestos. Estos son los términos que utiliza el portal del Ministerio de Justicia:

"...si las consideraciones detalladas en este Aviso Legal no son de su conformidad, rogamos no haga uso del Portal, ya que cualquier uso que haga del mismo o de los servicios y contenidos en él incluidos implicará la aceptación de los términos legales recogidos en este texto..."

Partiendo de la base de la legitimidad de esta "cláusula unilateral", será necesaria la obtención de la correspondiente autorización, a través del oportuno procedimiento administrativo, tal como se específica en la misma, para poder enlazar en una Web o en un Blog a cualquier página, servicio o contenido publicado por el portal del Ministerio de Justicia. Sin embargo, este blindaje frente a los enlaces internos o "deep linking" podría tener su justificación en sitios Web comerciales a fin de evitar que se pueda sortear la publicidad de su página principal..., por  ejemplo.  Los hiperenlaces han sido y son la herramienta perfecta de comunicación en la red, permitiendo interactuar unos sitios con otros y enriqueciendo los escritos publicados con referencias externas, siempre, eso sí, no induciendo a la confusión. Lo que no tiene ninguna justificación, se mire por donde se mire, por su irracionalidad, es la necesidad de contar con una autorización por escrito para poder enlazar, simplemente, a su  página principal.

Esta política  errónea llevada a cabo por el portal del Ministerio de Justicia no puede admitirse ni desde un punto de vista legal, ni desde un punto de vista ético. Este portal se financia con los impuestos que pagamos todos los españoles con el objetivo de prestar información de interés público para todos los ciudadanos españoles. Esta política anti-enlaces va en contra de su propia naturaleza: la de contar con el mayor número de visitas y se suele justificar para evitar la confusión de los internautas, la pérdida de ingresos publicitarios o por otras cuantas razones que podéis leer en el excelente artículo de Consumer Eroski. Ningunas de estas razones o cualesquiera otras justifican esta política anti-enlaces, llevada a cabo por un portal de la Administración. Con las limitaciones que queramos, podría entenderse este modo de actuar de una empresa privada, nunca de un sitio público gestionado por la Admnistración.

Es evidente que  la actuación de la Abogacia del Estado, afortunadamente, será prácticamente nula, por diferentes razones y que la posibilidad de que un internauta requiera de una autorización ministerial para poder publicar un enlace será remota y a la par absurda.

Esperemos que artículos como los de Javier Muñoz, éste o cualquier otro que denuncie esta situación,  hagan recapacitar a las mentes pensantes que nos gobiernan y administran nuestros recursos para que den marcha atrás  a esta política restrictiva de nuestros derechos como ciudadanos-usuarios de Internet.

Por cierto, algún internauta ha leído, por lo menos, una sola vez, las condiciones de uso de los sitios que visita. Debo de ser un raro espécimen. Yo sí que lo hago.

Pd: También podéis leer el magnífico artículo de David Maeztu, titulado El derecho a enlazar y el derecho a oponerse.


2 comentarios »

  • Anónimo said:  

    Me alegro de que te haya parecido amena mi anotación, espero no haberme pasado con el vitriolo.
    Por cierto, no conocía tu blog, ya lo he colgado en mi blogroll, ánimo y enhorabuena!

  • IURISCIVILIS said:  

    Hola javier. Te agradezco el comentario. Como muchos, hace tiempo que sigo tu bitácora y tus excelentes artículos.

    Ciertamente esta noticia requería de una buena dosis de humor, y tú se la has puesto de forma magistral. Coincido al cien por cien con tus argumentos.

    Te reitero mi agradecimiento por el comentario y por añadirme a tú blogroll. Un saludo.

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