La regulación de la blogs comerciales

30 junio 2009 Dejar un Commentario

Antes de abordar el contenido de este artículo, quisiera comentar con todos vosotros que casi hemos finalizado el proceso de renovación estética del blog. Aunque el resultado ha sido completamente satisfactorio, aún queda realizar alguna que otra modificación que iremos realizando a lo largo de los próximos días. Espero que el cambio de plantilla no haya supuesto una molestia excesivamente importante y sea útil para todos los lectores.

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La regulación de los blogs comerciales

En la actualidad resulta innegable que el desarrollo de la Web 2.0 y de los blogs se encuentra inmerso en un profundo estado de reflexión. Esta reflexión de la blogosfera se circunscribe a analizar su propia naturaleza, su razón de ser y, en definitiva su existencia.


La aparición de los denominados blogs corporativo o comerciales ha acelerado el inicio de este análisis introspectivo de los blogs, que pone en evidencia el carácter polivalente de la blogosfera, pero también una cierta desazón de los administradores de bitácoras personales por la falta de credibilidad que estas iniciativas suponen.

Las grandes empresas se han dado cuenta de las innumerables posibilidades que ofrecen los blogs, a la hora de utilizarlos como una excelente herramienta de publicidad a fin de promocionar su nombre comercial, sus productos… En este sentido, el poder empresarial, ávido y voraz, irreprochable máquina de hacer dinero, ha corrompido –no lo escribo en sentido peyorativo- a la blogosfera, adulterando la naturaleza intrínseca de los blogs mediante su conversión en instrumentos de markenting, monetizándola y utilizándola como un infinito escaparate publicitario.

Sin embargo, la mala praxis de algunas empresas de publicidad, que vieron en la Web. 2.0 y en los blogs una nueva forma de difusión de sus mensajes publicitarios, propiciaron años atrás la aparición de los denominados blogs falsos. Estos son blogs ficticios creados con la única finalidad de simular la promoción de una iniciativa o proyecto, bajo la protección del anonimato en la red, manipulando a los consumidores o internautas en general (son famosos los casos de las empresas McDonald’s, Wal-Mart y Sony). Inclusive nuestro “afable” Presidente de Gobierno fue protagonista de esta innovadora estrategia de promoción mediante el video del falso robo de un escaño.

Este fenómeno se ha visto desarrollado por el florecimiento de empresas que ofrecen a los blogueros una remuneración a cambio de hablar bien de determinados productos, como el caso de la empresa PayPerPost, pionera en la materia. Resulta evidente, sin ánimo de abordar este tema, que estos blogueros deberán indican claramente la circunstancia de ser post pagados, pues en caso contrario podrían vulnerar las leyes, por considerarse un engaño a los consumidores por simular ser comentaristas independientes y objetivos.

El auge de los blogs comerciales ha motivado la necesidad de diferenciar entre información y publicidad y la preocupación por intentar proteger los derechos de los consumidores mediante una pronta regulación de este tipo de blogs. Ya comentábamos hace poco en el blog un intento de regulación de la blogosfera comercial estadounidense por parte de la FTC (Federal Trade Commission).

En España el Interactive Advertising Bureau (IAB) - Asociación que representa al sector de la publicidad interactiva en España - ha elaborado un informe legal sobre el respeto a la propiedad intelectual, la privacidad de los usuarios y la limpieza de las herramientas de marketing y publicidad en la Web 2.0, con la finalidad de servir de información legal imprescindible para todas aquéllas empresas que desarrollan acciones de comunicación en el entorno 2.0, dando cuenta de todos los elementos legales esenciales que forman parte de uno de los principales debates de la actualidad del sector de Internet.

Este informe titulado “Regulación legal del web 2.0. Acciones de marketing y redes sociales”, elaborado por Riestra Abogados e IAB, aborda, entre otras normas, la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, que incluye elementos fundamentales a tener en cuenta a la hora de emprender acciones de marketing online, los aspectos relativos al registro y a los códigos de conducta de los usuarios en el entorno 2.0, sus derechos de imagen y la propiedad intelectual e industrial de los contenidos que aportan y La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI).

En fin que volvemos de nuevo a sentar las premisas sobre si verdaderamente existe una necesidad de crear un código deontológico o de regular jurídicamente a los blogs. A mi juicio, a causa de la política encarnizada que están desarrollando algunas grandes empresas en un intento desesperado de comercializar la blogosfera abogará, inevitablemente por la implantación de una fiscalización normativa, como presumiblemente ocurrirá en EEUU. Como suele suceder siempre la discusión en este punto está abierta a cualquier tipo de polémica.

Descargar el informe (Formato Pdf).

Foto: El corresponsal


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