La difusión de la cultura jurídica en la blogosfera

13 mayo 2009 Dejar un Commentario

Blogosfera Jurídica Motiva este artículo el llamamiento realizado por nuestro amable compañero Gonzalo A. Ramírez Cleves, administrador de Iureamicorum y de Blawgger Intenacionales, para la realización de un post dedicado a la exposición sobre los aspectos que más nos han influenciado en nuestra relación con la blogosfera. Sin embargo, me parece más oportuno centrar la temática de este post sobre la necesidad de difundir la cultura jurídica en la blogosfera, con ocasión de las inmensas posibilidades de interacción que nos brinda Internet.

Las razones que motivan la apertura de un blog son tan variopintas como complejas las motivaciones que mueven las conductas de los seres humanos. Cuando comencé a concebir la idea de abrir este blog, era un lector asiduo de determinadas bitácoras jurídicas, sobre todo procedentes de la blogosfera jurídica anglosajona. En un primer momento, me sorprendió gratamente conocer los escasos reparos que tenían los juristas anglosajones en difundir la cultura jurídica norteamericana y en especial, en analizar, desde un punto de vista estrictamente legal, cualquier aspecto problemático que pudiera incidir en la conducta desplegada por un bloguer.

Este hecho causó un gran impacto en mi conciencia y originó una breve tarea de investigación sobre la blogosfera jurídica hispana. Las conclusiones de la misma son perfectamente conocidas por todos los lectores y no vamos a reiterarlas. Esta desazón motivo que me animará a participar activamenteen la blogosfera, aportando mi granito de arena, para intentar difundir la cultura jurídica, en la medida de mis posibilidades, aprovechando las innumerables ventajas que nos ofrece la red.

La implantación de las nuevas tecnologías en la inmensa mayoría de los rincones del planeta ha trastocado nuestra forma de comunicarnos. Internet es una autopista digital que tiende a globalizar toda la información y la cultura, permitiendo la interacción entre los internautas, mediante el intercambio de ideas. Por ello, cualquier sistema digital implantado, no sólo las bitácoras, contribuyen o deberían contribuir a la instauración de la universalización de la cultura.

La cultura puede definirse, en términos generales, como el conjunto de conocimientos y creencias de una persona, pueblo o época y la educación es el vehículo de transmisión de la cultura. La noción de Cultura Jurídica se ha desarrollado como herramienta conceptual para la comprensión del Derecho como fenómeno social, esto es, como proceso actualmente operante en el interior de la sociedad. Dentro de Cultura Jurídica, se entiende el Derecho como un fenómeno cultural, no como un conjunto de prescripciones o reglas de conducta particulares. El Derecho es un conjunto de creencias y presupuestos acerca de la forma y carácter de cada comunidad en particular. Éste opera como marco de significación desde el que interpretar nuestro mundo social y a nosotros mismos dentro de él. Entre las diferentes comunidades jurídicas operan varias concepciones sobre el Derecho. Por ejemplo, puede existir una concepción en la aplicación judicial del Derecho y otra en las relaciones del Ordenamiento Jurídico con otras instituciones políticas y con otros ordenamientos normativos. Es principalmente a través de los debates jurídicos y su retórica que podemos entender la cultura jurídica, ya que éstos la reflejan, reproducen y en ocasiones, la regeneran (vid. Wikipedia.).

A mi juicio, la difusión de este conocimiento jurídico debe ser elevado a la categoría de derecho cultural, en la que los diferentes Estados deberían de asumir un papel activo en orden a su realización, siendo su objetivo específico lograr avances significativos en el desarrollo de la igualdad y permitiendo el acceso universal al mundo del saber. De ahí la importancia de que la educación y la cultura se constituyan en elementos primordiales a la hora de conseguir no sólo una sociedad más justa, más solidaria o más igualitaria, sino también y, por encima de todo, más libre y más autentica.

No puede haber democracia sin libertad, ni libertad en la ignorancia. La educación y el acceso a la cultura son condición indispensable de la democracia. Por la misma razón, la educación y el acceso a la cultura deben producirse en cauces de libertad sin dirigismos, como corresponde a una sociedad auténticamente libre.

Mientras tanto, la difusión de la cultura jurídica, o más bien de la fenomenología del derecho, en la blogosfera puede servir de panacea para aliviar el resurgimiento de determinados brotes que contaminan la existencia y/o coartan el desarrollo y la expansión de una sociedad libre. Las nuevas tecnologías y los diferentes sistemas que se van desarrollando, deben coadyuvar al nacimiento y expansión de una nueva sociedad global de la información, que tenga como meta la democratización del derecho y la universalización de la educación y de la cultura jurídica, en aras de erradicar conductas totalitarias, arbitrarias y/o limitadoras de los derechos fundamentales más básicos.

Por ello, pongo mi esperanza en que la vida de esta humilde bitácora pueda contribuir al desarrollo del Derecho, promoviendo el análisis y la reflexión, sobre temas jurídicos de relevancia práctica, en materia de Derecho Informático preferentemente, sirviendo además, como un medio de difusión de la cultura jurídica a través del cual se comparten los conocimientos y experiencias de todos los lectores interesados que amablemente colaboran en su realización.

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