La catalogación de los contenidos de los blogs
Si por algo destaca la red y la blogosfera es por su carácter transnacional. Su principal ventaja es la de ofrecer una mayor libertad a los proveedores y consumidores de información. Por otra parte, la universalización de los blogs contribuye a una heterogeneidad de los contenidos que se divulgan en los mismos, permitiendo la apertura de un canal de naturaleza bidireccional, en el que la información fluye simultáneamente en los dos sentidos, facilitando la distribución e intercambio de todo tipo de contenidos.
Ahora bien, esta naturaleza bidireccional de la información contribuye a la asunción de determinados riesgos. Uno de los principales riesgos que pueden imputarse directamente a Internet y a la blogosfera es la libre difusión de contenidos ilícitos y nocivos. Libre difusión que se encuentra agravada por la facilidad y rapidez con que se distribuyen o intercambian estos contenidos y por el anonimato de muchos de los usuarios que participan.
En líneas generales este tipo de contenidos constituyen una serie de conflictos con determinados derechos y libertades fundamentales. Así podemos citar el derecho a la libertad de expresión, el derecho a la libertad de información y los derechos a la intimidad y al secreto de las comunicaciones. Por esta razón, los distintos ordenamientos jurídicos ofrecen una respuesta por la vía de la responsabilidad civil, penal o administrativa.
Resulta ocioso señalar que la consideración de ilicitud o nocividad vendrá condicionada por los rasgos socioculturales de cada país y en función del receptor de estos contenidos. Sin embargo, es conveniente destacar que en muchos países todavía no existe una regulación específica sobre la utilización de los servicios de Internet o bien se ha desarrollado sin contemplar todos los posibles problemas que pueden derivarse de su utilización, fundamentalmente porque los avances tecnológicos y la adopción de nuevos servicios por parte de los usuarios no ha sido posible canalizarla por parte de los distintos legisladores.
Por otra parte, la democratización de los blogs permite que cualquier usuario pueda acceder libremente a cualquier tipo de contenido nocivo publicado en un blog. El auge de las bitácoras dedicadas a ofrecer determinado contenido violento, pornográfico o de dudosa catadura ética o moral y la incapacidad de evitar el acceso de los menores de edad a estos sitios deben ser elementos suficientes para que todos los blogueros tomemos conciencia de la importancia de poder catalogar los contenidos que publicamos en nuestros blogs y aunemos nuestros esfuerzos en un ejercicio colectivo de responsabilidad.
La implantación de un sistema de catalogación de contenidos permitiría establecer una calificación moral de los mismos, atendiendo a diferentes criterios. Uno de los sistema de clasificación de contenidos más conocido se obtiene mediante la utilización de etiquetas basadas en el protocolo PICS. La Plataforma para la Selección del Contenido en Internet (PICS) fue desarrollada por el Consorcio W3 -organismo encargado de establecer los estándares en la World Wide Web- y creada por Paul Resnick (profesor de la Universidad de Michigan) en 1997, como un protocolo para el intercambio de información sobre clasificación.. El Consorcio World Wide Web del Instituto Tecnológico de Massachusetts ha desarrollado un conjunto de estándares técnicos llamado PICS (Plataforma para la Selección del Contenido en Internet) para que los usuarios puedan distribuir electrónicamente descripciones de trabajos digitales de forma sencilla e interpretable por los ordenadores. Estos pueden procesar estas etiquetas en segundo plano, protegiendo automáticamente a los usuarios del material indeseable o dirigiendo su atención hacia sitios de particular interés. El estímulo original para desarrollar PICS fue permitir a los padres y maestros filtrar materiales que consideraran inadecuados para los niños cuando utilizan la Red. En lugar de censurar lo que se distribuye, PICS posibilita que los usuarios controlen lo que reciben.
Otros sistema de catalogación con etiquetas es el propuesto por ICRA (Internet Content Rating Association), organismo que sustituyo en 1999 a la RSAC (Recreational Software Advisory Council). Este sistema establece una clasificación de los contenidos atendiendo a cuatro categorías. Desnudez, lenguaje, sexo y violencia.
Otro organismo que ha propuesto un sistema de catalogación de contenidos es Safesurf. Las categorías de este sistema incluyen "Rango de Edades", "Blasfemias", "Temas Heterosexuales", "Temas Homosexuales", "Desnudos", "Violencia", "Sexo, Violencia y Blasfemias", "Intolerancia", "Glorificación del uso de drogas", "Otros temas para adultos" y "Juego", con nueve subdivisiones dentro de cada categoría.
En general, los creadores de sitios web o blogs pueden evaluar sus propios contenidos y poner directamente en sus páginas web o blogs la información de la clasificación. Actualmente, esta evaluación puede realizarse a través de las páginas web proporcionadas por los desarrolladores de estos servicios de clasificación.
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