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Clausura del blog

[ 15 octubre 2009 | 5 comentarios ]

Derecho en Red Este proyecto nació con la única idea de servir de instrumento de ayuda para que todos los bloguers pudieran conocer sus derechos y obligaciones legales, ante el nacimiento y desarrollo de una nueva plataforma de comunicación, cuya naturaleza no se encuentra explicitada en los distintos ordenamientos jurídicos.


Últimamente este blog parece que ha pasado a ser una fuente recopilatoria de noticias comentadas, cuyo contenido no termina de predicar exactamente con la idea inicial de este blog. Esto es debido a la falta de tiempo y al desarrollo de otros proyectos que colapsan mi escaso tiempo.


A pesar de ello, que en la blogosfera hispana no existiese ningún otro proyecto que se dedicara al análisis jurídico de los blogs, a salvo el de nuestro ilustre compañero David Maeztu y su derecho de los blogs, motivaba el mantenimiento de este sitio y los esfuerzos que se venían haciendo.


 Sin embargo, acabó de leer el artículo publicado por David Maeztu cuyo contenido comento a continuación, que me ha llevado a tomar la decisión de cerrar este blog. Ha salido a la luz un proyecto abierto denominado Derecho en Red, un espacio colaborativo en formato de wiki para la difusión del Derecho, especialmente de los aspectos legales implicados en el uso de la Informática y las Tecnologías de la Información y la Comunicación. Detrás de esta iniciativa esta el mismo David Maeztu, Iban Díez, Javier Prenafeta, Miguel Ángel Mata, Sergio Carrasco, Jorge Campanillas, Samuel Parra y Andy Ramos. Como señalan en su página de inicio:


 Derecho en Red es una iniciativa desarrollada por los abogados Jorge Campanillas, Sergio Carrasco, Ibán Díez, David Maeztu, Miguel Ángel Mata, Samuel Parra, Javier Prenafeta y Andy Ramos, que se concibe como un proyecto colaborativo sobre Derecho y Ciencias Jurídicas.


El objetivo de Derecho en Red es ofrecer información rigurosa y precisa sobre el Derecho de las Nuevas Tecnologías, con una especial atención a la Propiedad Intelectual e Industrial, a la Protección de Datos de Carácter Personal y a la Responsabilidad de los Prestadores de Servicios de la Sociedad de la Información.


En nuestro blog podrás encontrar artículos escritos por los miembros del grupo, tratando sobre las diversas materias que engloban el Derecho en su relación con las Nuevas Tecnologías.


En la sección dedicada al Podcast de Derecho en Red nos adaptamos a las nuevas posibilidades que permite Internet y los nuevos equipos, creando contenidos que podrás transportar en tu dispositivo de audio favorito, y dentro del cual se resolverán las dudas planteadas por los oyentes.


En nuestra Wiki podrás encontrar análisis jurídicos realizados de forma conjunta por los miembros de Derecho en Red, interpretaciones y contenidos que permitirán entender la situación actual del ordenamiento jurídico, aclarando conceptos que para la sociedad resultan imposibles de comprender debido a su abstracción y complejidad.


Todos los artículos contenidos en Derecho en Red han sido desarrollados por profesionales especializados en cada ámbito del derecho, por lo que, con el objetivo de asegurar en todo momento el mayor rigor académico posible, las contenidos existentes en esta página sólo serán editados por aquellas personas que hayan demostrado suficientes conocimientos en tales materias.


 En el blog de Derecho en Red, entre otros artículos, comienza por incluir una  Guía legal del blogger y podcaster cuyo contenido me parece altamente recomendable.


 Esta iniciativa auspiciada por varios Abogados expertos en Derecho de las nuevas tecnologías ha propiciado que este blog carezca de sentido. Por lo que,  a partir de este momento os remito a la lectura del mismo para un conocimiento de nuestros derechos y obligaciones. Todo ello, no significa que, a lo mejor, en algún momento, pudiera publicar algún artículo, aunque, seguramente, la falta de originalidad me desanime en el intento.


En fin, que espero haber podido aportar algún granito de arena y haber podido servir de ayuda en esta apasionante y difícil labor del blogging. Un agradecimiento a todos los lectores de este blog y  hasta otra.

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Alerta: Blogs alojados en plataformas de Microsoft

[ 10 octubre 2009 | 0 comentarios ]

Un agujero en la seguridad de Microsoft ha provocado que tanto la Asociación de Internautas como la Asociación de Consumidores en Acción FACUA den la señal de alarma y recomienden una serie de pautas a seguir para salvaguardar las claves personales de los usuarios, para proteger sus cuentas de Windows Live.


Tras la publicación de más de 10.000 contraseñas de titulares privados en la web pastebin.com y ante el desconocimiento de si dichas publicaciones fueron consecuencia de un 'hacker' informático -mediante ataques de 'pishing'-, las asociaciones prefieren curarse en salud y aconsejan tomar medidas.


Según la Asociación de Internautas, el primer paso está en elaborar una clave difícil. El consejo que en un primer momento puede resultar obvio, no se traduce de la misma manera en la vida real. De forma habitual, los usuarios tienden a recurrir a contraseñas fáciles de recordar como fechas de nacimiento, nombres de familiares etc.


La propia organización ha elaborado un aplicación denominada "Claves Exe" que permite la creación de 'passwords' tan comunes con símbolos alfanuméricos hasta ofrecer la posibilidad de crear contraseñas con caracteres personalizados.


El listado de normas de seguridad también incluye la creación de una clave que se componga tanto de números como de letras, con un mínimo de ocho caracteres, exclusividad absoluta para cada una de las aplicaciones del tipo de cuentas de correo, cuentas bancarias online, redes sociales etc y una actualización de dichas contraseñas cada tres meses.


FACUA, por su parte, ha extendido la recomendación de cambio de contraseña, fuera de los servicios de Windows Live, como Hotmail y MSN. La asociación recomienda cambiar también las claves de aquellos sitios donde utilicen la misma que usan en los servicios de Microsoft, ya sean redes sociales o blogs.


Fuente:


Europa Press

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Pena de cárcel para un bloguero por comentarios anónimos en su blog

[ 09 octubre 2009 | 2 comentarios ]

Un periodista croata ha sido condenado a una pena de 20 días de cárcel por un delito de calumnias contra un político local, vertidas en comentarios anónimos de terceras personas en un «blog» creado por él.  Un tribunal de la ciudad de Vukovar ha ordenado el ingreso en prisión de Damir Fintic después de que éste asegurara que no puede seguir pagando la multa que se le impuso en 2008 por las «calumnias» sin firma aparecidas en su «blog».


El periodista fue condenado entonces por un delito de atentado contra el honor de un ex alcalde de Vukovar, el conservador Vladimir Stengl, por unos comentarios que cuestionaban el modo en que Stengl y su esposa adquirieron sus actuales bienes.


La sentencia condenó al periodista a indemnizar al político con 7.000 euros, lo que dejó en la ruina a Fintic, y le obligó a vivir de la caridad de amigos y de las donaciones de una red de apoyo en su favor.


«Fintic será posiblemente el primer bloguero en Europa que vaya a la cárcel por una causa así. Se trata de un serio golpe a la libertad de expresión, si se considera que en Croacia la comunicación por internet no está regulada por la ley», dijo el presidente de la Asociación Croata de Periodistas, Zdenko Duka.


La Asociación Croata de Periodistas destaca que Fintic nunca ofendió personalmente a Stengl o su familia sino que solamente fundó la página web vukovarac@net. «No veo qué mal hice por haber abierto un foro en que todos los ciudadanos de Vukovar podrían comentar los acontecimientos en su ciudad», comentó Fintic para un rotativo croata.


Una vez que cumpla la pena de 20 días de cárcel, que comienza el 27 de octubre, Fintic tendrá que volver a la prisión por el mismo periodo al no poder hacer frente a una nueva cuota de la sanción.


En sus múltiples denuncias contra el periodista, la familia Stengl reclama un total de 30.000 euros de indemnización, por lo que el periodista se enfrenta a la posibilidad de pasar una larga temporada en prisión.


La Organización Croata de Bloggers (HBO) considera que en el proceso judicial contra Fintic fueron violados los derechos humanos y civiles básicos y el principio constitucional de la libertad de expresión.


Fuente:  Un periodista croata, condenado por comentarios anónimos vertidos en su blog

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Suplantación de identidad: Primera orden judicial contra una cuenta de una red social

[ 07 octubre 2009 | 0 comentarios ]

Recordáis que hace tiempo publicamos un post sobre la suplantación de la identidad (Post 1, Post 2). Pues bien, os transcribo a continuación la noticia aparecida en Política Digital -Innovación Gubernamental.


El Tribunal Supremo del Reino Unido dictaminó a favor del bloguero Donal Blaney, propietario de la firma de abogados Griffin Law, quien solicitó una orden contra la cuenta 'www.twitter.com/blaneysblarney', la cual estaba siendo utilizada como si le perteneciera a él.  Las autoridades resolvieron que el usuario anónimo que robó la identidad de Blaney recibiría un mensaje vía Twitter del Tribunal Supremo la próxima vez que accediera a la cuenta, para ordenarle que deberá dejar de escribir, retirar las anotaciones anteriores y llenar un formulario en línea para identificarse ante el Tribunal. Esta decisión puede sentar precedentes ante el creciente problema de suplantación de identidad en redes sociales y blogs.


Fuente Consultada: Primera orden judicial a través de una red social.

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Revisión de la FTC sobre la publicidad engañosa en los blogs

| 1 comentarios ]

Federal Trade Commission A mediados del mes de abril nos hacíamos eco en este artículo de la noticia publicada por el Documentalista Enredado sobre el intento de la FTC (Federal Trade Commission) de regular las prácticas de determinados blogs como plataformas de marketing en la blogsfera estadounidense. 


Pues bien, en estos días la  Comisión Federal de Comercio (FTC) ha procedido a revisar sus guías sobre el empleo de Avales (un "aval" incluye cualquier mensaje publicitario, contenido en una entrada del blog, que los consumidores tienden a creer que refleja las opiniones, las creencias, los resultados o experiencias del blogger) y testimonios en la publicidad de diferentes medios, entre ellos los blogs. Resulta evidente que estas revisiones dejan claro que la FTC tiene la intención de ampliar el alcance de la regulación de la publicidad y la ejecución a los bloggers que hacen anotaciones patrocinada de  productos y servicios.


De esta forma, la FTC tiene la intención de hacer a los  anunciantes y a los bloggers responsables de declaraciones falsas y engañosas hechas por cualquiera  en el curso de un aval. Esto significa que un anunciante que ofrece productos gratis a un blogger puede ser responsable si el blogger hace declaraciones falsas sobre los productos en su blog. Y el blogger puede ser responsable si repite las declaraciones falsas del anunciante. Ambas partes también pueden ser responsable si el blogger no revela su conexión con el anunciante.


En síntesis, como acertadamente señala nuestro compañero David Maeztu, en su artículo, esta revisión no pretende incluir en el ámbito de aplicación de sus directrices a todos los blogs que hablan bien de un producto en su blog. Según la FTC, en un extremo se encuentra el consumidor que compra un producto con su propio dinero y lo alaba en un blog personal y que no se considerará prestador de un aval y en el otro un blogger al que se paga para hablar sobre el producto de un anunciante,  independientemente de que el blogger sea pagado directamente por el propio vendedor o por un tercero en nombre del anunciante. Entre estos dos extremos hay una gama de situaciones que pueden o no caer dentro del ámbito de las directrices impuestas por la FTC.


Ahora bien, si una entrada de blog, constituye un endoso patrocinado, entonces se debe cumplir con las normas de la FTC y, en concreto, poner la conexión entre el blogger  y el anunciante en conocimiento de los consumidores, pudiendo ser responsable tanto el anunciante como el blogger por las informaciones falsas o engañosas, mediante la imposición de una multa de hasta 11.000 dólares.


Por ejemplo, pensemos en un anunciante que solicita a un blogger  que pruebe una nueva loción para el cuerpo y que escriba un comentario sobre sus conclusiones en su blog. Si el blogger  afirma sin ningún fundamento científico  que esta loción cura los ezcemas y recomienda la misma a los lectores que sufren aquéllos, en este caso, tanto el anunciante como el  blogger pueden ser responsable si esta afirmación es falsa.


La agresividad de la FTC en los últimos años y las medias de aplicación contra los bloggers y otros medios sociales han hecho reaccionar a la blogosfera estadounidense.


 

Enlaces:



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